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Política

El cronograma de circulación para las personas con discapacidad

Cómo ya se había adelantado, el Gobierno Nacional reglamentó el permisopara personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia —a no más de 500 metros de su residencia— junto con un familiar o conviviente y de acuerdo a un cronograma.

Estas salidas podrán efectuarse solo cuando no se presenten síntomas compatibles con COVID-19 (fiebre, dolor de garganta, tos y/o dificultad respiratoria) y siempre que no se encuentren comprendidas en ninguna de las siguientes circunstancias:

  • Sean mayores de sesenta años.
  • Tengan enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
  • Tengan enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
  • Tengan inmunodeficiencias.
  • Tengan diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
  • Personas embarazadas.
  • Toda otra circunstancia que la autoridad sanitaria defina en el futuro.

Por otra parte, estas salidas breves deberán seguir el siguiente cronograma:

  • Los días lunes, miércoles y viernes, aquellas personas con discapacidad, cuyo último número de documento sea 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Los días martes, jueves y sábados, aquellas personas con discapacidad, cuyo último número de documento sea 6, 7, 8, 9 y 0.

Aclaran además que se deberá portar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) —papel o foto digital— o el turno de actualización del mismo si está vencido; así como el o los Documentos Nacionales de Identidad siempre respetando el distanciamiento social de un metro y medio (1,5 m) como mínimo respecto del resto de los transeúntes.

Para saber más, ingresá a este link.

Fuente: Filonews

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